Bienvenido a la web de información del II TROFEO ANDALUZ DE ENDUCROSS LOS MOTEROS DEL SUR ECOLOGISTA 2012.
Aquí encontraras toda la información oficial que publica el Club Deportivo referente a este TROFEO CON SEIS PRUEBAS A CELEBARAR, ENTRE ELLAS DOS PEQUE ENDURO. Así como, noticias, enlaces, clasificaciones y toda la información necesaria para participar en el mismo.
El Club Los Moteros del Sur Ecologista (LMDS), cuenta con la colaboración de los siguientes clubes:
El Trofeo Andaluz de Enducross se desarrollará esta temporada 2012 a 6 pruebas + 2 Peque Enduro.
Para este año, tenemos una sorpresa para los mas pequeños, un Peque Enduro con dos pruebas. Con la intención de fomentar el enduro entre los mas pequeños y que disfruten gratuitamente de nuestro trabajo y esfuerzo para la celebración de nuestras carreras populares y preparación de circuitos. El trazado para ellos será sin riesgos, les montaremos un pequeño trazado, sus premios y demás. La edad máxima para los peque enduro será de 15 años.
Las categorías son:
Dentro del mismo trofeo, se celebrara un trofeo Challenger de las siguientes marcas:
Las inscripciones en las pruebas del trofeo, se realizaran a través del siguiente formulario: http://www.losmoterosdelsur.com/formulariotrofeo.html
Una vez cumplimentado, realizar el ingreso en la cuenta bancaria del club:
ENTIDAD: UNICAJA
TITULAR: C. D. LOS MOTEROS DEL SUR ECOLOGISTA
Nº DE CUENTA: 2103 - 0755 - 32 - 0030002226
¡¡IMPORTANTE!!: En “concepto” indicar nombre y apellidos del piloto.
Conforme a los siguientes…
Cuota de Inscripción:
Socios de clubes colaboradores 30,00 €. (Deberá estar al corriente de pago de la última cuota de socio del club colaborador)
Deportistas Profesionales: 35,00 €.
Deportistas Amateur: 40,00€
Socios de clubes colaboradores 35,00 €. (Deberá estar al corriente de pago de la última cuota de socio del club colaborador)
Deportistas Profesionales: 40,00 €.
Deportistas Amateur: 45,00€
INSCRIPCIONES EL DIA DE LA PRUEBA Y PAGO DE LA MISMA. ( Incripciones fuera de plazo )
Socios de clubes colaboradores 60,00 €.
Deportistas Profesionales: 60,00 €.
Deportistas Amateur: 60,00€
ENLACES DE INTERES
www.zonaoffroad.es & www.motoclub-lmds-ecologista.es
POSICIONES TROFEO SOCIAL ANDALUZ ENDUCROSS 2012
POSICIONES ALMADEN DE LA PLATA
Domingo 25-03-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES VALDELAMUSA
Domingo 22-04-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES LA CAROLINA
Domingo 06-05-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES LA PALMA DEL CONDADO
Domingo 21-10-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
Domingo 25-11-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES SACROMONTE ( ANULADA )
Domingo 25-11-2012
POSICIONES GERENA
Domingo 16-12-2012 ( CELEBRADA )
POSICIONES GENERAL DEL TROFEO ENDUCROS 2012
POSICIONES CHALLENGER TROFEO ENDUCROS 2012
ULTIMA ACTUALIZACIÓN:
viernes, 31 de diciembre de 2012
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
www.losmoterosdelsur.com
REAL DECRETO 1428/2003,
Artículo 10. Servicios sanitarios.
1. La organización dispondrá la existencia durante la celebración de la actividad de la presencia obligatoria, como mínimo, de una ambulancia y de un médico para la asistencia de todos los participantes, sin perjuicio de su ampliación con más personal sanitario en la medida que se estime necesario.
2. En las pruebas cuya participación supere los 750 deportistas, se contará con un mínimo de dos médicos, dos socorristas y dos ambulancias, y deberá añadirse, como mínimo, una ambulancia y un médico por cada fracción suplementaria de 1.000 participantes.
Artículo 11. Condición de los participantes.
Los participantes que circulen fuera del espacio delimitado por los vehículos de señalización de inicio y fin de la prueba serán considerados usuarios normales de la vía, y no les será de aplicación esta normativa especial.
LEY 6/1998, 14 DICIEMBRE DEL DEPORTE
CAPÍTULO II.
PROTECCIÓN DEL DEPORTISTA.
Artículo 36. Protección sanitaria.
1. La asistencia sanitaria derivada de la práctica deportiva general del ciudadano constituye una prestación ordinaria del régimen de aseguramiento sanitario del sector público que le corresponda, y asimismo de los seguros generales de asistencia sanitaria prestados por entidades privadas.
Artículo 37. Seguros.
1. Las federaciones deportivas andaluzas deberán concertar un seguro colectivo o individual que garantice al titular de la licencia federativa el derecho a la asistencia sanitaria y la cobertura de riesgos que conlleva la práctica de la modalidad deportiva que desarrolla, conforme a las prestaciones mínimas exigidas por la legislación vigente en la materia.
2. Los organizadores de competiciones oficiales, y de aquellas otras que reglamentariamente se determinen, tendrán la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil que asegure los riesgos físicos, incluidos daños a terceros, que su celebración conlleve.
Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
Artículo 2
Hechos de la circulación
1. A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común.
2. No se entenderán hechos de la circulación:
a) Los derivados de la celebración de pruebas deportivas con vehículos a motor en circuitos especialmente destinados al efecto o habilitados para dichas pruebas, sin perjuicio de la obligación de suscripción del seguro especial previsto en la disposición adicional segunda.
c) Los desplazamientos de vehículos a motor por vías o terrenos en los que no sea de aplicación la legislación señalada en el artículo 1, tales como los recintos de puertos o aeropuertos.
Disposiciones adicionales
Disposición adicional segunda
Seguro especial para pruebas deportivas
Para los riesgos derivados de las pruebas deportivas en las que intervengan vehículos a motor, celebrados en circuitos especialmente destinados al efecto o habilitados para dichas pruebas, deberá suscribirse un seguro especial destinado a cubrir la responsabilidad civil de los conductores intervinientes, por los importes de las coberturas obligatorias establecidas en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.